El urbanismo valenciano se prepara para un cambio de ciclo normativo integral. El Consell ha aprobado el proyecto de la nueva Ley del Suelo de la Comunitat Valenciana, una ambiciosa reforma diseñada para desatascar la gestión urbanística y clarificar un marco legal que, tras sucesivas modificaciones desde 2014, había derivado en el fragmentado y complejo Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (TRLOTUP). El nuevo proyecto legislativo, fruto de un proceso de participación con agentes sociales e informes técnicos, afronta ahora su tramitación definitiva en el parlamento autonómico.
Uno de los ejes vertebradores del texto es la respuesta a la tensión habitacional y la defensa del acceso al mercado inmobiliario. Para ello, la norma dictamina que los nuevos instrumentos públicos de vivienda deberán reservar, como mínimo, el 50% de la edificabilidad residencial a inmuebles sometidos a algún régimen de protección pública.
Para combatir la paralización de proyectos por cuellos de botella administrativos, la conselleria introduce modificaciones de calado en la tramitación local. La gran novedad es la creación de la licencia básica o de parámetros esenciales. Esta figura permitirá a la Administración comprobar inicialmente los elementos urbanísticos fundamentales de un proyecto —un trámite especialmente relevante en la construcción de viviendas— y, una vez obtenida, el promotor podrá iniciar o continuar los procesos sin tener que esperar a completar toda la exhaustiva documentación técnica posterior.
En esta misma línea de desburocratización, el proyecto clarifica qué actuaciones exactas requieren licencia y cuáles pueden acogerse a la declaración responsable. Para estas últimas, se establece con carácter general un plazo máximo de seis meses para el control ordinario posterior, inyectando seguridad jurídica a promotores y consistorios.
La nueva Ley del Suelo también mira hacia el interior de la Comunitat Valenciana, alineándose con las políticas de cohesión y equidad territorial. Los municipios de menos de 1.000 habitantes, así como aquellos que cuenten con la declaración de riesgo de despoblación, se beneficiarán de un modelo de planeamiento urbanístico simplificado y adaptado a su escala y necesidades reales.
En el plano técnico, el Título III del documento reordena el modelo histórico de planeamiento municipal. El Plan General pasará a configurarse como un instrumento puramente directivo centrado en la ordenación estructural de las ciudades. La regulación detallada y pormenorizada de los barrios recaerá a partir de ahora en instrumentos de desarrollo secundario, como los planes pormenorizados, los planes parciales y los de reforma interior.
Para evitar un vacío legal o la paralización de las licencias en curso durante el cambio normativo, el Consell ha diseñado un régimen transitorio. Los planes generales vigentes podrán seguir aplicándose siempre que sus directrices no sean incompatibles con la nueva ley, ofreciendo a los ayuntamientos un procedimiento de adaptación global simplificado.
Finalmente, la disciplina urbanística estará vigilada por la Agencia Valenciana de Protección del Territorio, que se consolida en el Título VI como la entidad esencial para coordinar las inspecciones municipales, perseguir la edificación ilegal y liderar la restauración de las zonas afectadas.
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